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Cuestionario de Vigilancia en Eventos deportivos y Espectáculos Públicos
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CUESTIONARIO DE CALIDAD (OBLIGATORIO)
Este cuestionmario debe ser cumplimentado para los procesos de calidad y para presentación del curso, y obtener el diploma
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Servicio de Vigilancia en Eventos Deportivos y Espectáculos Públicos (20 horas) (Copy 1)
Acerca de las clases

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Para la prevención de la violencia en los espectáculos deportivos, las Fuerzas y Cuerpos de  Seguridad desarrollarán en materia de espectáculos deportivos las funciones que se determinan  en la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia  en el deporte, y en el Real Decreto 203/2010, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Regla mento que desarrolla la misma, además de las competencias generales que tienen asignadas en  sus normas específicas, en la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana y en el  Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. Los centros  directivos responsables de las organizaciones policiales colaborarán en la determinación de las  variables a tener en cuenta para calificar con arreglo al baremo establecido el riesgo de todo  acontecimiento deportivo.  

El sistema de baremos será establecido oficialmente y revisado anualmente, a propuesta de los  responsables policiales, por el Ministerio del Interior, previo informe de la Comisión Estatal  contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.  

Una vez fijado o revisado el sistema de evaluación aplicable, se comunicará a las federaciones  deportivas y ligas profesionales y también a los clubes, sociedades anónimas deportivas u organizadores de espectáculos deportivos para que puedan calificar el nivel de riesgo de todos  aquellos acontecimientos deportivos en que intervengan.  

TAREAS INFORMATIVAS Y PREVENTIVAS 

Los servicios competentes de los centros directivos responsables de las organizaciones policiales  reunirán la información necesaria sobre grupos violentos en espectáculos deportivos, de  modo que ante un acontecimiento concreto se disponga de elementos de juicio para prevenir  posibles actuaciones violentas.  

La información sobre el seguimiento de los grupos violentos y la dinámica de sus comportamien tos se pondrá a disposición del Ministerio del Interior o del Coordinador General de Seguridad,  en su caso, para que la transmitan a todos los responsables de la seguridad en los espectáculos  deportivos.  

Los responsables policiales de la seguridad en los espectáculos deportivos colaborarán estrecha mente, intercambiándose la información disponible, directamente o a través de las autoridades  gubernativas, constituyendo una red preventiva de control de los grupos violentos tanto  nacionales como extranjeros. 

Los servicios policiales actuantes dispondrán de llaves maestras del recinto para apertura de  puertas y accesos al interior del mismo, así como planos de todas las instalaciones, todo lo cual  habrá de ser facilitado por los clubes, sociedades anónimas deportivas u organizadores.  

Todo acontecimiento deportivo calificado de alto riesgo determinará la celebración de cuantas  reuniones previas estimen necesarias el Coordinador de Seguridad y los demás responsables de  la organización policial, debiendo participar el representante de los organizadores y los respon sables de los servicios que se prevea vayan a actuar, en función del riesgo, como Policía Municipal, Bomberos, Protección Civil y Cruz Roja, para la concreción y ejecución de las previsiones  contenidas en el Plan Individual de Riesgos y las que en su caso pueda adoptar el Delegado del  Gobierno, procediéndose a la delimitación de zonas de actuación y responsabilidad, dentro y  fuera del recinto, antes, durante y después del acontecimiento.  

TAREAS DE COORDINACIÓN 

Los servicios policiales actuantes coordinarán a los demás servicios que participen en el  acontecimiento deportivo, especialmente los mencionados en el apartado anterior, las agrupacio nes de voluntarios y servicios sanitarios, así como a los servicios operativos de seguridad privada  del propio club o sociedades anónimas deportivas.  

Cuando se trate de acontecimientos deportivos que tengan lugar en comunidades autónomas que  dispongan de Cuerpos de Policía propios, los responsables policiales establecerán las oportunas  relaciones de información y colaboración.  

En los encuentros internacionales, las autoridades gubernativas o el Coordinador General de  Seguridad, en su caso, mantendrán las conexiones necesarias, previas o simultáneas, con los  responsables policiales del país organizador o de procedencia del equipo visitante, para prevenir  la comisión de actos violentos, racistas, xenófobos e intolerantes por los grupos seguidores que  se desplacen para presenciarlos, intercambiándose toda la información disponible al respecto.  

DISPOSITIVO DE SEGURIDAD 

Cada acontecimiento deportivo determinará la instrucción y puesta en marcha de un dispositivo  de seguridad específico que garantice la movilización de los recursos policiales necesarios en  cada caso, para afrontar los movimientos de violencia, tanto en el interior como en el exterior del  recinto y zonas adyacentes al mismo.  

Este dispositivo comprenderá medidas preventivas y cautelares sobre los grupos identificados  como violentos, así como los servicios de apoyo en los accesos y de vigilancia exterior e interior  que, en cada caso, acuerden los responsables policiales y el Coordinador de Seguridad en el club,  sociedad anónima deportiva o acontecimiento de que se trate. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad serán directamente responsables de la protección de los asistentes, participantes y equipos  arbitrales, dentro y fuera del recinto deportivo y durante el tránsito hasta y desde el mismo, y  adoptarán para ello las medidas que resulten más idóneas, atendiendo a las circunstancias  concurrentes en cada caso.  

En los accesos al recinto que a juicio de los responsables policiales resulten más conflictivos, se  destacarán las unidades policiales intervinientes que se hubiese acordado con el Coordinador de  Seguridad, para prestar servicio de apoyo al personal de vigilancia del club o sociedad anónima  deportiva, y llevar a cabo los controles que eviten la infracción de las prohibiciones legales  

existentes.  

Cuando se trate de encuentros calificados de alto riesgo se vigilarán las colas de taquillaje,  evitando, en todo caso, su formación en línea perpendicular a la puerta en las horas inmediata mente anteriores a su celebración.  

Los responsables de la organización policial dispondrán las medidas técnicas que permitan  incorporar al dispositivo de seguridad del recinto el control de alcoholemia y el de aquellos en  los que se adviertan síntomas de hallarse bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos,  estimulantes o sustancias análogas.  

SUPERVISIÓN DE ACTUACIONES 

En especial, dichos responsables policiales supervisarán las actuaciones de los organizadores y  de su personal, en lo que hace a sus obligaciones legales y exigirán con todo rigor el cumpli miento de la prohibición de acceso, de acuerdo con las previsiones contenidas en los artículos 29  y 30 del Real Decreto 203/2010, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de  prevención de la violencia , el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.  

Cuando se detecte un exceso evidente de ocupación del aforo del recinto que pueda poner en  peligro la seguridad de los asistentes, los servicios actuantes lo comunicarán de inmediato al  Coordinador de Seguridad que en casos graves podrá acordar incluso la suspensión del acto  deportivo, previa consulta con el Coordinador General de Seguridad o con la autoridad de la que  dependa directamente.  

En las inmediaciones de los recintos deportivos se delimitarán, por razones de seguridad,  siempre que sea necesario, áreas neutralizadas con espacios acotados y reservados a los que se  impedirá el paso del público en general y que servirán como pasillos de autoridades, como zona  para situar las dotaciones de las fuerzas del orden, aparcamiento de vehículos policiales o  permanencia de caballos, o para efectuar los controles de alcoholemia y drogas anteriormente  mencionados y las demás diligencias y actuaciones que decidan los responsables de los servicios  policiales actuantes.  

Los miembros de la organización policial asignados al efecto dispondrán de los medios instru mentales necesarios para un efectivo control de los grupos de seguidores hasta el recinto  deportivo y de regreso del mismo.  

En las proximidades de los recintos en que se celebren acontecimientos deportivos calificados de  alto riesgo, se montarán oficinas móviles de denuncias y equipos de recepción de detenidos.  

UNIDAD DE CONTROL ORGANIZATIVO 

La Unidad de Control Organizativo es el centro, dotado del conjunto de medios que se determi nan en los apartados siguientes y adecuadamente ubicado en las instalaciones deportivas, desde  donde el Coordinador ejerce la dirección del dispositivo de seguridad, en todas sus fases, durante  el acontecimiento deportivo, con la asistencia del responsable de seguridad del mismo, para  facilitar su normal desarrollo.  

La Unidad de Control Organizativo estará situada en una zona estratégica y dominante del  recinto deportivo, disponiendo de buenos accesos y comunicaciones con el interior y exterior del campo. Los responsables superiores de los distintos servicios de seguridad, con presencia en el  interior de los recintos, se situarán en las instalaciones de esta Unidad durante la celebración de  los encuentros deportivos.  

Cada Unidad de Control Organizativo dispondrá, como mínimo, de los siguientes elementos:  circuito cerrado de televisión, megafonía y enlaces de radio y telecomunicación, así como los  demás medios que resulten necesarios para el control del recinto.  

El circuito cerrado de televisión contará con cámaras fijas y móviles:  

* Las cámaras fijas controlarán el exterior e interior del recinto, cubriendo las zonas de acceso y  las gradas y proporcionando una visión total de aquél; en las competiciones oficiales de carácter  profesional de fútbol grabarán el aforo completo del recinto a lo largo de todo el espectáculo  desde el comienzo del mismo hasta el abandono del público.  

* Las cámaras móviles se situarán en los espacios que el Coordinador estime necesario controlar  especialmente en cada acontecimiento deportivo, disponiendo, así mismo, de medios  de grabación para registrar las actitudes de los asistentes y su comportamiento.  

Las grabaciones efectuadas con el circuito cerrado de televisión se conservarán durante un mes, a  contar desde la a conclusión del espectáculo, y se destruirán si vencido ese plazo no fueran  requeridas por las autoridades competentes para fines de investigación o instrucción de procedi mientos.  

En los accesos a los recintos deportivos que cuenten con sistemas de grabación de imágenes se  colocarán carteles informativos de esta circunstancia conforme a las instrucciones de la Agencia  Española de Protección de Datos. Asimismo, los organizadores tendrán a disposición de los  interesados, en los términos previstos en las Instrucciones de la Agencia Española de Protección  de Datos, impresos en los que se detalle la información prevista en la Ley de Protección de Datos  de Carácter Personal.  

La Unidad de Control Organizativo tendrá un sistema de megafonía propio, con capacidad y  alcance suficiente para el interior y exterior del recinto y con dispositivo de seguridad que  permita anular el sistema general de aquel.  

El sistema de megafonía habrá de estar dotado de los medios humanos necesarios para efectuar  la traducción y emisión de las indicaciones, advertencias o mensajes que hayan de efectuarse en  más de un idioma.  

ENLACES DE RADIO Y TELECOMUNICACIONES 

La emisora directora de la Unidad de Control Organizativo comprenderá las mallas integra das de la red de Policía Local, Medios Sanitarios y Protección Civil; las mallas de las unidades  de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad intervinientes del Operativo policial, incluyendo las  unidades polivalentes de aquellas, las del distrito policial, las especiales, las de escolta, helicóp teros y TEDAX, así como las mallas policiales del servicio integradas por la oficina de denun cias, medios sanitarios y centros de detenidos.  

Las diversas organizaciones que utilizan mallas de comunicaciones distintas de la del Cuerpo  Nacional de Policía y la Guardia Civil, como la Policía Local, Protección Civil o servicios  sanitarios, entre otros, deberán facilitar el material, la información y los medios técnicos para  integrar dichas mallas en la RED SIRDEE, de modo que uno o dos terminales funcionarán como  emisora directora de la Unidad de Control Organizativo.  

La central telefónica de la Unidad de Control Organizativo contará con las extensiones policia les exteriores e interiores que permitan, en todo momento, la comunicación libre con personal e  instituciones relacionadas con la seguridad colectiva de los asistentes y del público en general.  

PERSONAL TÉCNICO Y FINANCIACIÓN 

Los clubes, sociedades anónimas deportivas u organizadores de los acontecimientos deportivos  proporcionarán el personal especializado necesario para el mantenimiento y asistencia técnica  de todas las instalaciones integradas en la Unidad de Control Organizativo.  

Serán de cargo de los propietarios de las instalaciones deportivas, sociedades anónimas deporti vas o clubes todos aquellos medios de la Unidad de Control Organizativo que requieran cons trucciones, instalaciones o soportes fijos, mientras que corresponderá al Ministerio del Interior la  aportación de los elementos móviles que sean de uso directo del Coordinador de Seguridad.  

Coordinación de Seguridad 

La persona responsable de la coordinación de Seguridad en los acontecimientos deportivos es  aquel miembro de la organización policial que asume las tareas de dirección, coordinación y  organización de los servicios de seguridad en la celebración de los espectáculos deportivos. Sus  funciones y régimen de designación y cese se determinarán reglamentariamente.  

En las competiciones o encuentros deportivos que proponga la Comisión Estatal Contra la  Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte los organizadores designarán  un representante de seguridad quien, en el ejercicio de sus tareas durante el desarrollo del  acontecimiento deportivo, se atendrá a las instrucciones del Coordinador de seguridad. Este  representante deberá ser jefe o director de seguridad, según disponga la normativa de seguridad  privada.  

 

El Coordinador de Seguridad ejercerá la coordinación de una unidad de control organizativo,  cuya existencia será obligatoria en todas las instalaciones deportivas de la máxima categoría de  competición profesional del fútbol y baloncesto, y en aquellas otras en las que la Comisión  Estatal Contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte disponga.  

El Coordinador de Seguridad ostenta la dirección de la citada unidad y asume las funciones de  coordinación de la misma respecto de las personas que manejen los instrumentos en ellas  instalados. Los elementos gráficos en los que se plasme el ejercicio de sus funciones tienen la  consideración de archivos policiales y su tratamiento se encontrará sometido a las disposiciones  que para los ficheros de investigación policial establece la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de  diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Los datos únicamente se conservarán en  cuanto sea preciso para la investigación de los incidentes que hubieran podido producirse como  consecuencia de la celebración de un espectáculo deportivo.  

Responsabilidades y obligaciones de los VVSS 

MEDIDAS PARA EVITAR ACTOS VIOLENTOS, RACISTAS, XENÓFOBOS O INTO LERANTES 

Con carácter general, las personas organizadoras de competiciones y espectáculos deportivos  deberán adoptar medidas adecuadas para evitar la realización de las conductas violentas o que  inciten a la violencia y de actos racistas, xenófobos o intolerantes, así como para garantizar el  cumplimiento por parte de los espectadores de las condiciones establecidas de acceso y perma 

nencia en el recinto. Corresponde, en particular, a las personas organizadoras de competiciones y  espectáculos deportivos a través de sus operativos:  

Adoptar las medidas de seguridad establecidas en la legislación vigente.  Velar por el respeto de las obligaciones de los espectadores de acceso y permanencia en el  recinto, mediante los oportunos instrumentos de control.  

Adoptar las medidas necesarias para el cese inmediato de las actuaciones prohibidas,  cuando las medidas de seguridad y control no hayan logrado evitar o impedir la realización de  tales conductas.  

Prestar la máxima colaboración a las autoridades gubernativas para la prevención de la  violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, y de aquellos actos que atenten  contra los derechos, libertades y valores de la Constitución, poniendo a disposición del Coordi nador de Seguridad los elementos materiales y humanos necesarios y adoptando las medidas de  prevención y control establecidas en la legislación vigente.  

Facilitar a la autoridad gubernativa y en especial al Coordinador de Seguridad toda la  información disponible sobre los grupos de seguidores, en cuanto se refiere a composición,  organización, comportamiento y evolución, así como los planes de desplazamiento de estos  grupos, agencias de viaje que utilicen, medios de transporte, localidades vendidas y espacios  

reservados en el recinto deportivo.  

Dotar a las instalaciones deportivas donde se celebren espectáculos de un sistema eficaz de  comunicación con el público, y usarlo eficientemente.  

Colaborar activamente en la localización e identificación de los infractores y autores de las  conductas prohibidas por la ley.  

No proporcionar ni facilitar a las personas o grupos de seguidores que hayan incurrido en  conductas violentas, racistas, xenófobas o intolerantes, medios de transporte, locales, subvencio nes, entradas gratuitas, descuentos, publicidad o difusión o cualquier otro tipo de promoción o  apoyo de sus actividades.  

Cualquier otra obligación que se determine reglamentariamente con los mismos objetivos  anteriores, y en particular garantizar que los espectáculos que organicen no sean utilizados para  difundir o transmitir mensajes o simbología que, pese a ser ajenas al deporte, puedan incidir,  negativamente, en el desarrollo de las competiciones.  

Las causas de prohibición de acceso a los recintos deportivos se incorporarán a las disposi ciones reglamentarias de todas las entidades deportivas y se harán constar también, de forma  visible, en las taquillas y en los lugares de acceso al recinto.  

Asimismo las citadas disposiciones establecerán expresamente la posibilidad de privar de los  abonos vigentes y de la inhabilitación para obtenerlos durante el tiempo que se determine   reglamentariamente a las personas que sean sancionadas con carácter firme por conductas  violentas, racistas, xenófobas o intolerantes.  

CONSUMO Y VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y DE OTRO TIPO  DE PRODUCTOS 

Queda prohibida en las instalaciones en las que se celebren competiciones deportivas la intro ducción, venta y consumo de toda clase de bebidas alcohólicas y de drogas tóxicas, estupefacien tes o sustancias psicotrópicas.  

Los envases de las bebidas que se expendan o introduzcan en las instalaciones en que se celebren  espectáculos deportivos deberán reunir las condiciones de rigidez y capacidad que reglamenta riamente se establezca, oída la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y  la Intolerancia en el Deporte.  

En las instalaciones donde se celebren competiciones deportivas queda prohibida la venta de  productos que, en el caso de ser arrojados, puedan producir daños a los participantes en la  competición o a los espectadores por su peso, tamaño, envase o demás características.  

RESPONSABILIDAD DE LAS PERSONAS ORGANIZADORAS DE PRUEBAS O  ESPECTÁCULOS DEPORTIVOS 

Las personas físicas o jurídicas que organicen cualquier prueba, competición o espectáculo  deportivo o los acontecimientos que constituyan o formen parte de dichas competiciones serán,  patrimonial y administrativamente, responsables de los daños y desórdenes que pudieran produ cirse por su falta de diligencia o prevención o cuando no hubieran adoptado las medidas de  prevención establecidas en la ley, todo ello de conformidad y con el alcance que se prevé en los  Convenios Internacionales contra la violencia en el deporte ratificados por España.  

Cuando varias personas o entidades sean consideradas organizadores, todas ellas responderán de  forma solidaria del cumplimiento de las obligaciones previstas en la ley.  

Esta responsabilidad es independiente de la que pudieran haber incurrido en el ámbito penal o en  el disciplinario deportivo como consecuencia de su comportamiento en la propia competición.  

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GONZALEZ VIDAL 11 meses atrás
Buenos días sigo a la espera de que me resuelvan la incidencia. Un saludo
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GONZALEZ VIDAL 11 meses atrás
Ya no sé qué hacer más me pasa como a los compañeros he echo todo y sus horas respectivas y sigue igual, inicio,paro , inicio y así y no consigo nada .
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FRANCISCO DE PAULA VAZQUEZ LOPEZ 11 meses atrás
Ya he finalizado el curso...aunque es cierto qué se queda al 11%. He completado las horas, el temario y el test. Faltaría el cuestionario. Qué es imposible. Saludos a todos!!
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MARIA PAZ VALDERRAMA GUERRERO 11 meses atrás
Yo tampoco puedo enviar el cuestionario
Responder
FRANCISCO RIOS REY 11 meses atrás
hola alguien ha podido enviar el cuestionario de calidad SEPE?. No me deja terminar el curso desde ayer, creia que era por las horas y ya llevo mas de 10h contadas y nada.
Responder
JOSE LUIS CANTONERO BALLANO 11 meses atrás
Hola, he terminado todo, solo me falta el cuestionario de calidad SEPE y solo me marca 11%
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ANNA ELZBIETA PROKOPCZYK 11 meses atrás
Me pasa lo mismo...😔
GONZALEZ VIDAL 11 meses atrás
Buenos días me pasa lo mismo que a muchos compañeros se ha marcado el tipo test....pero los demás no se marcan y el reloj sigue avanzando.
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MANUEL JOSE SERRANO MARIN 11 meses atrás
Y por cierto me kedan 36 minutos para terminar el temario ke.hago
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MANUEL JOSE SERRANO MARIN 11 meses atrás
Hola buenas tardes e acabado de realizar el cuestionario y e visto ke siguen sin marcase los temarios leído y me gustaría saber el resultado de los mismos gracias
Responder
MANUEL JOSE SERRANO MARIN 11 meses atrás
Buenos días a mi me pasa igual no sube del 11% y no se me marca cada lección como finalizada
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MARIA JOSE LLORENS ALCARAZ 11 meses atrás
A mi me pasa igual, llevo desde las 8 de la mañana con el curso, no me corre el tiempo, del 11% del progreso no me sube y ademas me he leido varias veces ya cada lección y no se me marcan como finalizadas
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Segurtech Meet tutor 11 meses atrás
Buenos días; me pongo en contacto contigo y le damos solución.
MANUEL JOSE SERRANO MARIN 11 meses atrás
Buenas tardes a mi el tiempow corre pero del 11% no se mueve
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Segurtech Meet tutor 11 meses atrás
Lo pongo en conocimiento del programador
ANDREA EXPOSITO MOLINA 11 meses atrás
Buenas llevo 1 hora conectada y no sale como tal
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Segurtech Meet tutor 11 meses atrás
Se ha solucionado?
Segurtech Meet tutor 11 meses atrás
Llamame que te de soporte
JESUS MANUEL LLANA ALONSO 11 meses atrás
Hola buenas,he visto que el reloj no se para y la opción de marcar como leído noe sale.
Responder
Segurtech Meet tutor 11 meses atrás
Buenos días; sigues con la incidencia?
JOSE LUIS DE LA TORRE ZAPICO 11 meses atrás
A mi el tiempo corre pero sigue 0 por ciento 🤦🏼‍♂️
Responder
Segurtech Meet tutor 11 meses atrás
Se ha solucionado?
MANUEL JOSE SERRANO MARIN 11 meses atrás
Buenos días a mi me pasa igual ke a la compañera María José y voy ya x el tercero y sigue saliendo 0% y otra cosa intento marca las casillas de los temas leídos y no me deja
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FRANCISCO RIOS REY 11 meses atrás
tienes que activar el reloj antes de ponerte a leer y en cada lección que termines dale arriba a la derecha, Marcar como completo. Cuando termines de leer apaga reloj.
MARIA JOSE LLORENS ALCARAZ 11 meses atrás
Buenos dias al final de cada texto me sale completar y voy ya por el tercero y aigue saliendo 0% ???
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FRANCISCO DE PAULA VAZQUEZ LOPEZ 11 meses atrás
Creo qué va esto regular.
FRANCISCO RIOS REY 11 meses atrás
TIENES QUE ACTIVAR EL RELOJ ANTES DE LEER Y CUANDO ACABES DE LEER CERRARLO, YO LLEVO DESDE LAS 8:00 LIADO Y ESPERO QUE HAYA CONTADO EL RELOJ, PORQUE LO HE PARA DOS O TRES VECES.
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